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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 806 del Código Civil

Texto vigente

Legítima es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 806

Artículo 806 · Código Civil
Contenido1/3

Legítima es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.

Completa el hueco2/3

Legítima es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla ________ la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.

Artículo 806 · Código Civil
Respuesta2/3

reservado

«Legítima es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Legítima es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados…»?

Artículo 806 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 806

«Legítima es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.»

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