📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323
Disposición final décima de la Ley de Enjuiciamiento CivilReforma de la Ley Cambiaria y del Cheque
Texto vigente
1. Se modifica el último párrafo del artículo 67 de la Ley 19/1985, de 16 de julio, de la Ley Cambiaria y del Cheque, que quedará redactado en los siguientes términos:
"Frente al ejercicio de la acción cambiaria sólo serán admisibles las excepciones enunciadas en este artículo."
2. Se modifica el párrafo segundo del artículo 49 de la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque, sustituyendo la expresión: "... como en la ejecutiva..." por la siguiente: "... a través del proceso especial cambiario...".
3. Se modifica el artículo 66 de la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque, que quedará redactado en los siguientes términos:
"La letra de cambio tendrá aparejada ejecución a través del juicio cambiario que regula la Ley de Enjuiciamiento Civil en el capítulo II, Título III, del Libro IV, por la suma determinada en el título y por las demás cantidades, conforme a los artículos 58, 59 y 62 de la presente Ley, sin necesidad de reconocimiento judicial de las firmas."
4. Se modifica el artículo 68 de la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque, que quedará redactado en los siguientes términos:
"El ejercicio de la acción cambiaria, a través del proceso especial cambiario, se someterá al procedimiento establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil."
Flashcards de este artículo
Disposición final décima. Reforma de la Ley Cambiaria y del Cheque (apartado 1)
Se modifica el último párrafo del artículo 67 de la Ley 19/1985, de 16 de julio, de la Ley Cambiaria y del Cheque, que quedará redactado en los siguientes términos: "Frente al ejercicio de la acción cambiaria sólo serán admisibles las excepciones enunciadas en este artículo."
Se modifica el último párrafo del artículo 67 de la Ley 19/________, de 16 de julio, de la Ley Cambiaria y del Cheque, que quedará redactado en los siguientes términos:
1985
«Se modifica el último párrafo del artículo 67 de la Ley 19/1985, de 16 de julio, de la Ley Cambiaria y del Cheque, que quedará redactado en los siguientes términos:»
¿Qué artículo lleva por título «Reforma de la Ley Cambiaria y del Cheque»?
Disposición final décima. Reforma de la Ley Cambiaria y del Cheque (apartado 2)
Se modifica el párrafo segundo del artículo 49 de la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque, sustituyendo la expresión: "... como en la ejecutiva..." por la siguiente: "... a través del proceso especial cambiario...".
"Frente al ejercicio de la acción cambiaria sólo serán admisibles las ________ enunciadas en este artículo."
excepciones
«"Frente al ejercicio de la acción cambiaria sólo serán admisibles las excepciones enunciadas en este artículo."»
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