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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

Los peritos pueden ser o no titulares.

Son peritos titulares los que tienen título oficial de una ciencia o arte cuyo ejercicio esté reglamentado por la Administración.

Son peritos no titulares los que, careciendo de título oficial, tienen, sin embargo, conocimiento o prácticas especiales en alguna ciencia o arte.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 457

Artículo 457 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/5

Los peritos pueden ser o no titulares. Son peritos titulares los que tienen título oficial de una ciencia o arte cuyo ejercicio esté reglamentado por la Administración. Son peritos no titulares los que, careciendo de título oficial, tienen, sin embargo, conocimiento o prácticas especiales en alguna ciencia o arte.

Completa el hueco2/5

Son peritos titulares los que tienen título oficial de una ciencia o arte cuyo ejercicio esté ________ por la Administración.

Artículo 457 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/5

reglamentado

«Son peritos titulares los que tienen título oficial de una ciencia o arte cuyo ejercicio esté reglamentado por la Administración.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Son peritos titulares los que tienen título oficial de una ciencia o arte cuyo ejercicio esté reglamentado por la Administración»?

Artículo 457 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/5

Artículo 457

«Son peritos titulares los que tienen título oficial de una ciencia o arte cuyo ejercicio esté reglamentado por la Administración.»
Completa el hueco4/5

Son peritos no titulares los que, careciendo de título oficial, tienen, sin embargo, ________ o prácticas especiales en alguna ciencia o arte.

Artículo 457 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta4/5

conocimiento

«Son peritos no titulares los que, careciendo de título oficial, tienen, sin embargo, conocimiento o prácticas especiales en alguna ciencia o arte.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Son peritos no titulares los que, careciendo de título oficial, tienen, sin embargo, conocimiento o prácticas especiales en alguna ciencia o arte»?

Artículo 457 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta5/5

Artículo 457

«Son peritos no titulares los que, careciendo de título oficial, tienen, sin embargo, conocimiento o prácticas especiales en alguna ciencia o arte.»

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