🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 472 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
Si las partes hicieren uso de la facultad que se les concede en el artículo anterior, manifestarán al Juez el nombre del perito y ofrecerán al hacer esta manifestación los comprobantes de tener la cualidad de tal perito la persona designada.
En ningún caso podrán hacer uso de dicha facultad después de empezada la operación de reconocimiento.
Flashcards de este artículo
Artículo 472
Si las partes hicieren uso de la facultad que se les concede en el artículo anterior, manifestarán al Juez el nombre del perito y ofrecerán al hacer esta manifestación los comprobantes de tener la cualidad de tal perito la persona designada. En ningún caso podrán hacer uso de dicha facultad después de empezada la operación de reconocimiento.
Si las partes hicieren uso de la facultad que se les concede en el artículo anterior, manifestarán al Juez el nombre del perito y ofrecerán al hacer esta ________ los comprobantes de tener la cualidad de tal perito la persona designada.
manifestación
«Si las partes hicieren uso de la facultad que se les concede en el artículo anterior, manifestarán al Juez el nombre del perito y ofrecerán al hacer esta manifestación los comprobantes de tener la cualidad de tal perito la persona designada.»
¿Qué artículo establece: «Si las partes hicieren uso de la facultad que se les concede en el artículo anterior, manifestarán al Juez el nombre del…»?
Artículo 472
«Si las partes hicieren uso de la facultad que se les concede en el artículo anterior, manifestarán al Juez el nombre del perito y ofrecerán al hacer esta manifestación los comprobantes de tener la cualidad de tal perito la persona designada.»
En ningún caso podrán hacer uso de dicha facultad después de empezada la operación de ________.
reconocimiento
«En ningún caso podrán hacer uso de dicha facultad después de empezada la operación de reconocimiento.»
¿Qué artículo establece: «En ningún caso podrán hacer uso de dicha facultad después de empezada la operación de reconocimiento»?
Artículo 472
«En ningún caso podrán hacer uso de dicha facultad después de empezada la operación de reconocimiento.»
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