👩⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666
Artículo 640 de la LOPJ
Texto vigente
1. La indemnización de los daños y perjuicios causados por el Consejo General del Poder Judicial queda sometida al régimen de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.
2. La reclamación de responsabilidad patrimonial se presentará ante el Consejo de Ministros, que resolverá.
Flashcards de este artículo
Artículo 640 (apartado 1)
La indemnización de los daños y perjuicios causados por el Consejo General del Poder Judicial queda sometida al régimen de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.
La indemnización de los daños y perjuicios causados por el Consejo General del Poder Judicial queda sometida al régimen de la responsabilidad patrimonial de las ________ Públicas.
Administraciones
«La indemnización de los daños y perjuicios causados por el Consejo General del Poder Judicial queda sometida al régimen de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.»
¿Qué artículo establece: «La indemnización de los daños y perjuicios causados por el Consejo General del Poder Judicial queda sometida al régimen de la responsabilidad…»?
Artículo 640
«La indemnización de los daños y perjuicios causados por el Consejo General del Poder Judicial queda sometida al régimen de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.»
Artículo 640 (apartado 2)
La reclamación de responsabilidad patrimonial se presentará ante el Consejo de Ministros, que resolverá.
La reclamación de ________ patrimonial se presentará ante el Consejo de Ministros, que resolverá.
responsabilidad
«La reclamación de responsabilidad patrimonial se presentará ante el Consejo de Ministros, que resolverá.»
Otros artículos de TÍTULO VI. Del régimen de los actos del Consejo General del Poder Judicial
- Artículo 629
- Artículo 630
- Artículo 631
- Artículo 632
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- Artículo 634
- Artículo 635
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- Artículo 637
- Artículo 638
- Artículo 639
- Artículo 641
- Artículo 642
- Disposición adicional primera
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- Disposición adicional tercera
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- Disposición adicional séptima
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- Disposición adicional duodécima
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