👩⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666
Disposición adicional sexta de la LOPJ
Texto vigente
1. Quedan suprimidos los Tribunales arbitrales de censos de las provincias de Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona.
2. La competencia para tramitar y decidir en primera instancia los procesos civiles en materia de censos en Cataluña, regulados por la Ley de 31 de diciembre de 1945, queda atribuida a los Jueces de Primera Instancia competentes en razón del lugar en que esté situada la finca, que conocerán de esta materia por los trámites del juicio declarativo que corresponda por la cuantía.
3. Los Tribunales Arbitrales de Censos de Cataluña, sin perjuicio de lo dispuesto en párrafos anteriores, continuarán la tramitación de los procedimientos en curso, incoados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, hasta su terminación, incluida la ejecución de sentencias.
4. La respectiva Audiencia Provincial se hará cargo de los archivos de los Tribunales suprimidos.
Flashcards de este artículo
Disposición adicional sexta (apartado 1)
Quedan suprimidos los Tribunales arbitrales de censos de las provincias de Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona.
Quedan ________ los Tribunales arbitrales de censos de las provincias de Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona.
suprimidos
«Quedan suprimidos los Tribunales arbitrales de censos de las provincias de Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona.»
¿Qué artículo establece: «Quedan suprimidos los Tribunales arbitrales de censos de las provincias de Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona»?
Disposición adicional sexta
«Quedan suprimidos los Tribunales arbitrales de censos de las provincias de Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona.»
Disposición adicional sexta (apartado 2)
La competencia para tramitar y decidir en primera instancia los procesos civiles en materia de censos en Cataluña, regulados por la Ley de 31 de diciembre de 1945, queda atribuida a los Jueces de Primera Instancia competentes en razón del lugar en que esté situada la finca, que conocerán de esta materia por los trámites del juicio declarativo que corresponda por la cuantía.
Los Tribunales Arbitrales de Censos de Cataluña, sin perjuicio de lo dispuesto en párrafos anteriores, continuarán la tramitación de los ________ en curso, incoados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, hasta su terminación, incluida la ejecución de sentencias.
procedimientos
«Los Tribunales Arbitrales de Censos de Cataluña, sin perjuicio de lo dispuesto en párrafos anteriores, continuarán la tramitación de los procedimientos en curso, incoados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, hasta su terminación, incluida la ejecución de sentencias.»
Otros artículos de TÍTULO VI. Del régimen de los actos del Consejo General del Poder Judicial
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