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👩‍⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666

Artículo 642 de la LOPJ

Texto vigente

1. En todo cuanto no se hallare previsto en esta Ley Orgánica y en los Reglamentos del Consejo General del Poder Judicial, se observarán, en materia de procedimiento, recursos y forma de los actos del Consejo General del Poder Judicial, en cuanto sean aplicables, las disposiciones de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que, en ningún caso, sea necesaria la intervención del Consejo de Estado.

2. Lo dispuesto en el apartado anterior no será de aplicación a la materia disciplinaria.

3. Tratándose de actos declarativos de derechos, la revisión de oficio y, en su caso, la previa declaración de lesividad, se adoptarán por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial por mayoría absoluta de sus miembros.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 28/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 642 (apartado 1)

Artículo 642 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido1/5

En todo cuanto no se hallare previsto en esta Ley Orgánica y en los Reglamentos del Consejo General del Poder Judicial, se observarán, en materia de procedimiento, recursos y forma de los actos del Consejo General del Poder Judicial, en cuanto sean aplicables, las disposiciones de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que, en ningún caso, sea necesaria la intervención del Consejo de Estado.

Completa el hueco2/5

Lo dispuesto en el apartado anterior no será de ________ a la materia disciplinaria.

Artículo 642 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta2/5

aplicación

«Lo dispuesto en el apartado anterior no será de aplicación a la materia disciplinaria.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Lo dispuesto en el apartado anterior no será de aplicación a la materia disciplinaria»?

Artículo 642 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta3/5

Artículo 642

«Lo dispuesto en el apartado anterior no será de aplicación a la materia disciplinaria.»
Información4/5

Artículo 642 (apartado 2)

Artículo 642 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido4/5

Lo dispuesto en el apartado anterior no será de aplicación a la materia disciplinaria.

Completa el hueco5/5

Tratándose de actos ________ de derechos, la revisión de oficio y, en su caso, la previa declaración de lesividad, se adoptarán por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial por mayoría absoluta de sus miembros.

Artículo 642 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta5/5

declarativos

«Tratándose de actos declarativos de derechos, la revisión de oficio y, en su caso, la previa declaración de lesividad, se adoptarán por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial por mayoría absoluta de sus miembros.»

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