⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1356 del Código Civil
Texto vigente
Los bienes adquiridos por uno de los cónyuges, constante la sociedad por precio aplazado, tendrán naturaleza ganancial si el primer desembolso tuviera tal carácter, aunque los plazos restantes se satisfagan con dinero privativo. Si el primer desembolso tuviere carácter privativo, el bien será de esta naturaleza.
Flashcards de este artículo
Artículo 1356
Los bienes adquiridos por uno de los cónyuges, constante la sociedad por precio aplazado, tendrán naturaleza ganancial si el primer desembolso tuviera tal carácter, aunque los plazos restantes se satisfagan con dinero privativo. Si el primer desembolso tuviere carácter privativo, el bien será de esta naturaleza.
Los bienes ________ por uno de los cónyuges, constante la sociedad por precio aplazado, tendrán naturaleza ganancial si el primer desembolso tuviera tal carácter, aunque los plazos restantes se satisfagan con dinero privativo.
adquiridos
«Los bienes adquiridos por uno de los cónyuges, constante la sociedad por precio aplazado, tendrán naturaleza ganancial si el primer desembolso tuviera tal carácter, aunque los plazos restantes se satisfagan con dinero privativo.»
¿Qué artículo establece: «Los bienes adquiridos por uno de los cónyuges, constante la sociedad por precio aplazado, tendrán naturaleza ganancial si el primer desembolso tuviera…»?
Artículo 1356
«Los bienes adquiridos por uno de los cónyuges, constante la sociedad por precio aplazado, tendrán naturaleza ganancial si el primer desembolso tuviera tal carácter, aunque los plazos restantes se satisfagan con dinero privativo.»
Si el primer ________ tuviere carácter privativo, el bien será de esta naturaleza.
desembolso
«Si el primer desembolso tuviere carácter privativo, el bien será de esta naturaleza.»
¿Qué artículo establece: «Si el primer desembolso tuviere carácter privativo, el bien será de esta naturaleza»?
Artículo 1356
«Si el primer desembolso tuviere carácter privativo, el bien será de esta naturaleza.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
En Los bienes adquiridos por uno de los casos en que cónyuges, constante la sociedad por precio aplazado, tendrán naturaleza ganancial si el marido esté obligado a asegurar primer desembolso tuviera tal carácter, aunque los plazos restantes se satisfagan con hipoteca bienes muebles dinero privativo. Si el primer desembolso tuviere carácter privativo, el bien será de dote inestimada, serán aplicables las disposiciones contenidas en los artículos 1.349 al 1.355, respecto a las dotes estimadas. esta naturaleza.
- Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
- Vigente desde 08/06/1981 · modificado por BOE-A-1981-11198
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.