Ir al generador

👷 Estatuto de los Trabajadores · BOE-A-2015-11430

Disposición transitoria novena del Estatuto de los TrabajadoresAplicación temporal de lo establecido en la disposición adicional décima

Texto vigente

Lo establecido en la disposición adicional décima sólo se aplicará a los convenios colectivos suscritos desde el 1 de enero de 2022. En los convenios colectivos suscritos con anterioridad a esta fecha, las cláusulas de jubilación forzosa podrán ser aplicadas hasta tres años después de la finalización de la vigencia inicial pactada del convenio en cuestión.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Disposición transitoria novena. Aplicación temporal de lo establecido en la disposición adicional décima

Disposición transitoria novena · Estatuto de los Trabajadores
Contenido1/5

Lo establecido en la disposición adicional décima sólo se aplicará a los convenios colectivos suscritos desde el 1 de enero de 2022. En los convenios colectivos suscritos con anterioridad a esta fecha, las cláusulas de jubilación forzosa podrán ser aplicadas hasta tres años después de la finalización de la vigencia inicial pactada del convenio en cuestión.

Completa el hueco2/5

Lo establecido en la disposición adicional décima sólo se aplicará a los convenios colectivos suscritos desde el ________ de enero de 2022.

Disposición transitoria novena · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta2/5

1

«Lo establecido en la disposición adicional décima sólo se aplicará a los convenios colectivos suscritos desde el 1 de enero de 2022.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Aplicación temporal de lo establecido en la disposición adicional décima»?

Disposición transitoria novena · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta3/5

Disposición transitoria novena

Completa el hueco4/5

En los convenios colectivos suscritos con anterioridad a esta fecha, las cláusulas de jubilación forzosa podrán ser aplicadas hasta ________ después de la finalización de la vigencia inicial pactada del convenio en cuestión.

Disposición transitoria novena · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta4/5

tres años

«En los convenios colectivos suscritos con anterioridad a esta fecha, las cláusulas de jubilación forzosa podrán ser aplicadas hasta tres años después de la finalización de la vigencia inicial pactada del convenio en cuestión.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Lo establecido en la disposición adicional décima sólo se aplicará a los convenios colectivos suscritos desde el 1 de enero de 2022»?

Disposición transitoria novena · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta5/5

Disposición transitoria novena. Aplicación temporal de lo establecido en la disposición adicional décima

«Lo establecido en la disposición adicional décima sólo se aplicará a los convenios colectivos suscritos desde el 1 de enero de 2022.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 3 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 01/01/2022 por BOE-A-2021-21652.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (01/01/2019):

(Derogado). Lo establecido en la disposición adicional décima sólo se aplicará a los convenios colectivos suscritos desde el 1 de enero de 2022. En los convenios colectivos suscritos con anterioridad a esta fecha, las cláusulas de jubilación forzosa podrán ser aplicadas hasta tres años después de la finalización de la vigencia inicial pactada del convenio en cuestión.

  1. Vigente desde 13/11/2015 · redacción original
  2. Vigente desde 01/01/2019 · modificado por BOE-A-2018-17992
  3. Vigente desde 01/01/2022 · modificado por BOE-A-2021-21652

Otros artículos de Disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales