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👷 Estatuto de los Trabajadores · BOE-A-2015-11430

Disposición transitoria segunda del Estatuto de los TrabajadoresContratos para la formación y el aprendizaje

Texto vigente

1. (Derogado).

2. Las referencias realizadas en las disposiciones legales, reglamentarias o en los convenios colectivos al contrato para la formación deberán entenderse realizadas, a partir del 31 de agosto de 2011, al contrato para la formación y el aprendizaje a que se refiere el artículo 11.2 en la medida en que no se opongan o contradigan lo establecido en el mismo.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Disposición transitoria segunda. Contratos para la formación y el aprendizaje (apartado 1)

Disposición transitoria segunda · Estatuto de los Trabajadores
Completa el hueco2/5

Las referencias realizadas en las disposiciones legales, reglamentarias o en los convenios colectivos al contrato para la formación deberán entenderse realizadas, a partir del ________ de agosto de 2011, al contrato para la formación y el aprendizaje a que se refiere el artículo 11.2 en la medida en que no se opongan o contradigan lo establecido en el mismo.

Disposición transitoria segunda · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta2/5

31

«Las referencias realizadas en las disposiciones legales, reglamentarias o en los convenios colectivos al contrato para la formación deberán entenderse realizadas, a partir del 31 de agosto de 2011, al contrato para la formación y el aprendizaje a que se refiere el artículo 11.2 en la medida en que no se opongan o contradigan lo establecido en el mismo.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Contratos para la formación y el aprendizaje»?

Disposición transitoria segunda · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta3/5

Disposición transitoria segunda

Información4/5

Disposición transitoria segunda. Contratos para la formación y el aprendizaje (apartado 2)

Disposición transitoria segunda · Estatuto de los Trabajadores
Contenido4/5

Las referencias realizadas en las disposiciones legales, reglamentarias o en los convenios colectivos al contrato para la formación deberán entenderse realizadas, a partir del 31 de agosto de 2011, al contrato para la formación y el aprendizaje a que se refiere el artículo 11.2 en la medida en que no se opongan o contradigan lo establecido en el mismo.

¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Las referencias realizadas en las disposiciones legales, reglamentarias o en los convenios colectivos al contrato para la formación deberán entenderse realizadas, a…»?

Disposición transitoria segunda · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta5/5

Disposición transitoria segunda. Contratos para la formación y el aprendizaje

«Las referencias realizadas en las disposiciones legales, reglamentarias o en los convenios colectivos al contrato para la formación deberán entenderse realizadas, a partir del 31 de agosto de 2011, al contrato para la formación y el aprendizaje a que se refiere el artículo 11.2 en la medida en que no se opongan o contradigan lo establecido en el mismo.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 01/01/2019 por BOE-A-2018-17992.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (13/11/2015):

1. Hasta que la tasa de desempleo en nuestro país se sitúe por debajo del quince por ciento podrán realizarse contratos para la formación y el aprendizaje con trabajadores menores de treinta años sin que sea de aplicación el límite máximo de edad establecido en el párrafo primero del artículo 11.2.a). (Derogado). 2. Las referencias realizadas en las disposiciones legales, reglamentarias o en los convenios colectivos al contrato para la formación deberán entenderse realizadas, a partir del 31 de agosto de 2011, al contrato para la formación y el aprendizaje a que se refiere el artículo 11.2 en la medida en que no se opongan o contradigan lo establecido en el mismo.

  1. Vigente desde 13/11/2015 · redacción original
  2. Vigente desde 01/01/2019 · modificado por BOE-A-2018-17992

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