🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 548 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
El Juez necesitará para la entrada y registro en el Palacio de cualquiera de los Cuerpos Colegisladores la autorización del Presidente respectivo.
Flashcards de este artículo
Artículo 548
El Juez necesitará para la entrada y registro en el Palacio de cualquiera de los Cuerpos Colegisladores la autorización del Presidente respectivo.
El Juez necesitará para la entrada y registro en el Palacio de cualquiera de los Cuerpos ________ la autorización del Presidente respectivo.
Colegisladores
«El Juez necesitará para la entrada y registro en el Palacio de cualquiera de los Cuerpos Colegisladores la autorización del Presidente respectivo.»
¿Qué artículo establece: «El Juez necesitará para la entrada y registro en el Palacio de cualquiera de los Cuerpos Colegisladores la autorización del Presidente respectivo»?
Artículo 548
«El Juez necesitará para la entrada y registro en el Palacio de cualquiera de los Cuerpos Colegisladores la autorización del Presidente respectivo.»
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