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👩‍⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666

Disposición transitoria quinta de la LOPJJueces y Fiscales de ingreso y ascenso

Texto vigente

1. A la entrada en vigor de la presente ley quedará sin efecto la distinción, dentro de las categorías de Juez y Fiscal, de los grados de ingreso y de ascenso.

2. A tal efecto, quienes, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/1981, de 16 de noviembre, de Integración de la Carrera Judicial y del Secretariado de la Administración de Justicia, ostentasen la categoría y grado de Jueces de ingreso, quedarán situados por su orden, a continuación del último de los que ostentaren la categoría y grado de Juez de ascenso, dentro del escalafón de la Carrera Judicial.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 28/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Disposición transitoria quinta. Jueces y Fiscales de ingreso y ascenso (apartado 1)

Disposición transitoria quinta · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido1/5

A la entrada en vigor de la presente ley quedará sin efecto la distinción, dentro de las categorías de Juez y Fiscal, de los grados de ingreso y de ascenso.

Completa el hueco2/5

A la entrada en vigor de la presente ley quedará sin efecto la distinción, dentro de las ________ de Juez y Fiscal, de los grados de ingreso y de ascenso.

Disposición transitoria quinta · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta2/5

categorías

«A la entrada en vigor de la presente ley quedará sin efecto la distinción, dentro de las categorías de Juez y Fiscal, de los grados de ingreso y de ascenso.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Jueces y Fiscales de ingreso y ascenso»?

Disposición transitoria quinta · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta3/5

Disposición transitoria quinta

Información4/5

Disposición transitoria quinta. Jueces y Fiscales de ingreso y ascenso (apartado 2)

Disposición transitoria quinta · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido4/5

A tal efecto, quienes, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/1981, de 16 de noviembre, de Integración de la Carrera Judicial y del Secretariado de la Administración de Justicia, ostentasen la categoría y grado de Jueces de ingreso, quedarán situados por su orden, a continuación del último de los que ostentaren la categoría y grado de Juez de ascenso, dentro del escalafón de la Carrera Judicial.

¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «A la entrada en vigor de la presente ley quedará sin efecto la distinción, dentro de las categorías de Juez y Fiscal…»?

Disposición transitoria quinta · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta5/5

Disposición transitoria quinta. Jueces y Fiscales de ingreso y ascenso

«A la entrada en vigor de la presente ley quedará sin efecto la distinción, dentro de las categorías de Juez y Fiscal, de los grados de ingreso y de ascenso.»

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