👩⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666
Artículo 348 de la LOPJ
Texto vigente
Los jueces y magistrados pueden hallarse en alguna de las situaciones siguientes:
a) Servicio activo
b) Servicios especiales
c) Excedencia voluntaria
d) Suspensión de funciones.
e) Excedencia por razón de violencia sobre la mujer.
Flashcards de este artículo
Artículo 348
Los jueces y magistrados pueden hallarse en alguna de las situaciones siguientes: • a) Servicio activo • b) Servicios especiales • c) Excedencia voluntaria • d) Suspensión de funciones. • e) Excedencia por razón de violencia sobre la mujer.
Los jueces y ________ pueden hallarse en alguna de las situaciones siguientes:
magistrados
«Los jueces y magistrados pueden hallarse en alguna de las situaciones siguientes:»
¿Qué artículo establece: «Los jueces y magistrados pueden hallarse en alguna de las situaciones siguientes»?
Artículo 348
«Los jueces y magistrados pueden hallarse en alguna de las situaciones siguientes:»
________ por razón de violencia sobre la mujer.
Excedencia
«Excedencia por razón de violencia sobre la mujer.»
¿Qué artículo establece: «Excedencia por razón de violencia sobre la mujer»?
Artículo 348
«Excedencia por razón de violencia sobre la mujer.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
Los jueces y magistrados pueden hallarse en alguna de las situaciones siguientes: a) Servicio activo b) Servicios especiales c) Excedencia voluntaria d) Suspensión de funciones. e) Excedencia por razón de violencia sobre la mujer.
- Vigente desde 03/07/1985 · redacción original
- Vigente desde 06/12/1997 · modificado por BOE-A-1997-26034
- Vigente desde 15/01/2004 · modificado por BOE-A-2003-23644
- Vigente desde 24/03/2007 · modificado por BOE-A-2007-6115
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.