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👩‍⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666

Disposición transitoria vigésima novena de la LOPJ

Texto vigente

Los procesos a que se refiere la disposición adicional octava que se hayan iniciado antes de la fecha de entrada en vigor de la presente ley, continuarán su tramitación con arreglo a las normas vigentes en el momento de su iniciación.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 28/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Disposición transitoria vigésima novena

Disposición transitoria vigésima novena · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido1/3

Los procesos a que se refiere la disposición adicional octava que se hayan iniciado antes de la fecha de entrada en vigor de la presente ley, continuarán su tramitación con arreglo a las normas vigentes en el momento de su iniciación.

Completa el hueco2/3

Los procesos a que se refiere la disposición adicional octava que se hayan iniciado antes de la fecha de entrada en vigor de la presente ley, continuarán su ________ con arreglo a las normas vigentes en el momento de su iniciación.

Disposición transitoria vigésima novena · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta2/3

tramitación

«Los procesos a que se refiere la disposición adicional octava que se hayan iniciado antes de la fecha de entrada en vigor de la presente ley, continuarán su tramitación con arreglo a las normas vigentes en el momento de su iniciación.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Los procesos a que se refiere la disposición adicional octava que se hayan iniciado antes de la fecha de entrada en vigor…»?

Disposición transitoria vigésima novena · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta3/3

Disposición transitoria vigésima novena

«Los procesos a que se refiere la disposición adicional octava que se hayan iniciado antes de la fecha de entrada en vigor de la presente ley, continuarán su tramitación con arreglo a las normas vigentes en el momento de su iniciación.»

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