⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 446 del Código Civil
Texto vigente
Todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión; y, si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de procedimiento establecen.
Flashcards de este artículo
Artículo 446
Todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión; y, si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de procedimiento establecen.
Todo poseedor tiene derecho a ser ________ en su posesión;
respetado
«Todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión;»
¿Qué artículo establece: «Todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión»?
Artículo 446
«Todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión;»
y, si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de ________ establecen.
procedimiento
«y, si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de procedimiento establecen.»
¿Qué artículo establece: «y, si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de procedimiento…»?
Artículo 446
«y, si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de procedimiento establecen.»
Otros artículos de CAPÍTULO III. De los efectos de la posesión
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