⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1399 del Código Civil
Texto vigente
Terminado el inventario se pagarán en primer lugar las deudas de la sociedad, comenzando por las alimenticias que, en cualquier caso, tendrán preferencia.
Respecto de las demás, si el caudal inventariado no alcanzase para ello, se observará lo dispuesto para la concurrencia y prelación de créditos.
Flashcards de este artículo
Artículo 1399
Terminado el inventario se pagarán en primer lugar las deudas de la sociedad, comenzando por las alimenticias que, en cualquier caso, tendrán preferencia. Respecto de las demás, si el caudal inventariado no alcanzase para ello, se observará lo dispuesto para la concurrencia y prelación de créditos.
Terminado el inventario se pagarán en primer lugar las deudas de la sociedad, comenzando por las ________ que, en cualquier caso, tendrán preferencia.
alimenticias
«Terminado el inventario se pagarán en primer lugar las deudas de la sociedad, comenzando por las alimenticias que, en cualquier caso, tendrán preferencia.»
¿Qué artículo establece: «Terminado el inventario se pagarán en primer lugar las deudas de la sociedad, comenzando por las alimenticias que, en cualquier caso, tendrán…»?
Artículo 1399
«Terminado el inventario se pagarán en primer lugar las deudas de la sociedad, comenzando por las alimenticias que, en cualquier caso, tendrán preferencia.»
Respecto de las demás, si el caudal ________ no alcanzase para ello, se observará lo dispuesto para la concurrencia y prelación de créditos.
inventariado
«Respecto de las demás, si el caudal inventariado no alcanzase para ello, se observará lo dispuesto para la concurrencia y prelación de créditos.»
¿Qué artículo establece: «Respecto de las demás, si el caudal inventariado no alcanzase para ello, se observará lo dispuesto para la concurrencia y prelación de…»?
Artículo 1399
«Respecto de las demás, si el caudal inventariado no alcanzase para ello, se observará lo dispuesto para la concurrencia y prelación de créditos.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
Si las donaciones fueren onerosas, Terminado el inventario se deducirá pagarán en primer lugar las deudas de la dote o del capital del esposo donatario el importe sociedad, comenzando por las alimenticias que, en cualquier caso, tendrán preferencia. Respecto de las cargas, siempre que hayan sido soportadas por demás, si el caudal inventariado no alcanzase para ello, se observará lo dispuesto para la sociedad concurrencia y prelación de gananciales. créditos.
- Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
- Vigente desde 08/06/1981 · modificado por BOE-A-1981-11198
Otros artículos de Sección 5.ª De la disolución y liquidación de la sociedad de gananciales
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.