⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1401 del Código Civil
Texto vigente
Mientras no se hayan pagado por entero las deudas de la sociedad, los acreedores conservarán sus créditos contra el cónyuge deudor. El cónyuge no deudor responderá con los bienes que le hayan sido adjudicados, si se hubiere formulado debidamente, inventario judicial o extrajudicial.
Si como consecuencia de ello resultare haber pagado uno de los cónyuges mayor cantidad de la que le fuere imputable, podrá repetir contra el otro.
Flashcards de este artículo
Artículo 1401
Mientras no se hayan pagado por entero las deudas de la sociedad, los acreedores conservarán sus créditos contra el cónyuge deudor. El cónyuge no deudor responderá con los bienes que le hayan sido adjudicados, si se hubiere formulado debidamente, inventario judicial o extrajudicial. Si como consecuencia de ello resultare haber pagado uno de los cónyuges mayor cantidad de la que le fuere imputable, podrá repetir contra el otro.
Mientras no se hayan pagado por entero las deudas de la sociedad, los ________ conservarán sus créditos contra el cónyuge deudor.
acreedores
«Mientras no se hayan pagado por entero las deudas de la sociedad, los acreedores conservarán sus créditos contra el cónyuge deudor.»
¿Qué artículo establece: «Mientras no se hayan pagado por entero las deudas de la sociedad, los acreedores conservarán sus créditos contra el cónyuge deudor»?
Artículo 1401
«Mientras no se hayan pagado por entero las deudas de la sociedad, los acreedores conservarán sus créditos contra el cónyuge deudor.»
El cónyuge no deudor responderá con los bienes que le hayan sido adjudicados, si se hubiere formulado debidamente, inventario judicial o ________.
extrajudicial
«El cónyuge no deudor responderá con los bienes que le hayan sido adjudicados, si se hubiere formulado debidamente, inventario judicial o extrajudicial.»
¿Qué artículo establece: «El cónyuge no deudor responderá con los bienes que le hayan sido adjudicados, si se hubiere formulado debidamente, inventario judicial o extrajudicial»?
Artículo 1401
«El cónyuge no deudor responderá con los bienes que le hayan sido adjudicados, si se hubiere formulado debidamente, inventario judicial o extrajudicial.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
Son bienes gananciales: 1.º Los adquiridos por título oneroso durante el matrimonio a costa del caudal común, bien Mientras no se haga la adquisición para la comunidad, bien para uno solo de los esposos. 2.º Los obtenidos hayan pagado por la industria, sueldo o trabajo entero las deudas de la sociedad, los cónyuges o de cualquiera de ellos. 3.º Los frutos, rentas o intereses percibidos o devengados durante acreedores conservarán sus créditos contra el matrimonio, procedentes de cónyuge deudor. El cónyuge no deudor responderá con los bienes comunes que le hayan sido adjudicados, si se hubiere formulado debidamente, inventario judicial o de los peculiares extrajudicial. Si como consecuencia de cada ello resultare haber pagado uno de los cónyuges. cónyuges mayor cantidad de la que le fuere imputable, podrá repetir contra el otro.
- Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
- Vigente desde 08/06/1981 · modificado por BOE-A-1981-11198
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.