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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1168 del Código Civil

Texto vigente

Los gastos extrajudiciales que ocasione el pago serán de cuenta del deudor. Respecto de los judiciales, decidirá el Tribunal con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 1168

Artículo 1168 · Código Civil
Contenido1/5

Los gastos extrajudiciales que ocasione el pago serán de cuenta del deudor. Respecto de los judiciales, decidirá el Tribunal con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Completa el hueco2/5

Los gastos ________ que ocasione el pago serán de cuenta del deudor.

Artículo 1168 · Código Civil
Respuesta2/5

extrajudiciales

«Los gastos extrajudiciales que ocasione el pago serán de cuenta del deudor.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Los gastos extrajudiciales que ocasione el pago serán de cuenta del deudor»?

Artículo 1168 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 1168

«Los gastos extrajudiciales que ocasione el pago serán de cuenta del deudor.»
Completa el hueco4/5

Respecto de los judiciales, decidirá el Tribunal con arreglo a la Ley de ________ Civil.

Artículo 1168 · Código Civil
Respuesta4/5

Enjuiciamiento

«Respecto de los judiciales, decidirá el Tribunal con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Civil.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Respecto de los judiciales, decidirá el Tribunal con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Civil»?

Artículo 1168 · Código Civil
Respuesta5/5

Artículo 1168

«Respecto de los judiciales, decidirá el Tribunal con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Civil.»

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