⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1412 del Código Civil
Texto vigente
A cada cónyuge le corresponde la administración, el disfrute y la libre disposición tanto de los bienes que le pertenecían en el momento de contraer matrimonio como de los que pueda adquirir después por cualquier título.
Flashcards de este artículo
Artículo 1412
A cada cónyuge le corresponde la administración, el disfrute y la libre disposición tanto de los bienes que le pertenecían en el momento de contraer matrimonio como de los que pueda adquirir después por cualquier título.
A cada cónyuge le corresponde la administración, el disfrute y la libre ________ tanto de los bienes que le pertenecían en el momento de contraer matrimonio como de los que pueda adquirir después por cualquier título.
disposición
«A cada cónyuge le corresponde la administración, el disfrute y la libre disposición tanto de los bienes que le pertenecían en el momento de contraer matrimonio como de los que pueda adquirir después por cualquier título.»
¿Qué artículo establece: «A cada cónyuge le corresponde la administración, el disfrute y la libre disposición tanto de los bienes que le pertenecían en el…»?
Artículo 1412
«A cada cónyuge le corresponde la administración, el disfrute y la libre disposición tanto de los bienes que le pertenecían en el momento de contraer matrimonio como de los que pueda adquirir después por cualquier título.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
El marido es A cada cónyuge le corresponde la administración, el administrador de disfrute y la sociedad libre disposición tanto de gananciales, salvo lo dispuesto los bienes que le pertenecían en el artículo 59. momento de contraer matrimonio como de los que pueda adquirir después por cualquier título.
- Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
- Vigente desde 08/06/1981 · modificado por BOE-A-1981-11198
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.